La Corte Constitucional
avaló una penalización ambigua e indeterminada a la protesta social, bajo el
criterio indefinido de la “utilización de medios ilícitos”
En Colombia se
despierta el sentimiento de indignación ante la corrupción generalizada, que
afecta diariamente todos los aspectos de la cotidianidad de los ciudadanos. Con el
tiempo son más frecuentes las protestas en las calles, universidades, campos y
fábricas. Ejemplo de ello es la convocatoria a la Semana de la Indignación, impulsada
por la Coordinación Nacional de Organizaciones y Movimientos Sociales y
Políticos.
Para frenar esta
oleada de expresiones de inconformidad las iniciativas legislativas y
judiciales suelen ser las más utilizadas por, quienes desde el poder, no
comparten los reclamos.
Es por lo
anterior que aproximadamente hace un año el Congreso de la República, de
mayoría oficialista, aprobó una
ley que penaliza comportamientos propios de la protesta social.
El examen por parte de la Corte Constitucional de esa ley era la
esperanza de un límite a esa tendencia represiva. Sin embargo, a finales de
septiembre de 2012, el alto tribunal dio a conocer su decisión mediante un comunicado
de prensa, en donde resaltan las contradicciones de los argumentos de la
decisión.